.-Desde que el tema
de la discapacidad se introdujo en las políticas públicas y legislación
peruana, la inversión y/o gasto público en discapacidad ha sido considerado en
los diversos niveles de gobierno. Pero no se tiene registro estadístico sistematizado
de dicha inversión en los distintos
sectores de la administración pública, sean estos a través de proyectos de inversión
pública y/o actividades. A partir del año 2007 se empieza en el Perú la reforma
del Sistema Nacional de Presupuesto al implementarse el Presupuesto por
Resultados (PpR), estrategia de gestión
mediante el cual se supedita la asignación de un determinado presupuesto a la
consecución de unos objetivos y resultados medibles de un determinado servicio
o bien público que se brinda a determinada población identificada previamente. “Esta estrategia se implementa
progresivamente a través de (i) los Programas Presupuestales (PP), (ii) las
acciones de seguimiento sobre la base de los indicadores de desempeño y
producción física, (iii) las evaluaciones independientes, y (iv) los incentivos
a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía
y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), en
colaboración de las demás entidades del Estado[1]”
Sin embargo a
partir del año 2013 a través de la figura de los Programas Presupuestales se
comienza asignar mayores presupuestos en discapacidad principalmente en los
sectores de empleo, educación y salud teniendo los siguientes programas:
Cuadro N° 01: Programas Presupuestales en discapacidad 2013
Programa Presupuestal
|
Presupuesto total (PIM)
|
Inclusión Integral de las PCD
|
13,191,457
|
Inclusión de niños,
niñas, jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
|
13,637,793[2]
|
Capacitación
especializada y colocación laboral de personas con discapacidad
|
1’343,900.00
|
Fuente: Consulta
amigable MEF/CONADIS (Elaboración propia)
Cuadro
N° 02: Programas Presupuestales en discapacidad 2014
Programa Presupuestal
|
Presupuesto total (PIA)
|
Inclusión Integral
de las PCD
|
21’326,880.00
|
Educación: Inclusión
de niños, niñas, jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico
productiva
|
147’941,150.00
|
Empleo: Capacitación
especializada y colocación laboral de personas con discapacidad
|
1’343,900.00
|
Fuente: CONADIS
Para los años 2015 y 2016 se asignaron los siguientes presupuestos
públicos:
Cuadro N° 03 Presupuesto para discapacidad
años 2015-2016
Programa Presupuestal
|
PIM 2015
|
PIA 2016
|
Programa para la
generación del empleo social inclusivo-TRABAJA PERÚ
|
S/. 3’401,294.44 Ejecutado en distintas modalidades.
|
S/. 455,121.00[3]
S/. 691,749.00[4]
S/. 69,206.57[5]
|
Inclusión de niños,
niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
|
S/. 57,793, 311.00
|
S/. 89’244,143.00
|
Prevención y manejo
de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad
|
S/. 36, 852, 153.00
|
S/. 31’992,948.00
|
Control y
prevención en salud mental
|
S/. 43, 204,
164
|
S/. 53’891,166.00
|
Fuente: Consulta amigable-MEF/CONADIS
(Elaboración propia)
Como se puede apreciar en los cuadros mostrados no
se puede negar que a partir del 2013 a través de los programas presupuestales
la atención a las personas con discapacidad en los sectores sociales ha ido en
aumento independientemente de los montos que pudieran haber gastado los gobiernos
regionales y locales entre los años 2013 y 2016, sea con recursos propios o vía
proyectos de inversión pública, lo cual posiblemente incrementaría ligeramente
al total de recursos monetarios expuestos.
En este contexto es necesario plantear que la temática
de la discapacidad no acaba con trabajarlo desde los sectores sociales, sino
que también se debe ir generando intervenciones del Estado en otras áreas de
interés crucial para las personas con discapacidad, como es el asunto de la
accesibilidad, que si bien a partir de unas disposiciones complementarias en el
presupuesto general de la República, se autoriza a que los gobiernos subnacionales
puedan a partir de sus recursos institucionales solucionar problemas de
accesibilidad urbanística, resulta que transcurridos varios años desde que se
aprobó estas disposiciones, no hay un informe real de los avances o retrocesos
sobre el tema.
Por ello es que en las siguientes partes del
presente informe se desarrollan una serie de análisis presupuestales al respecto
de tal manera que permita tener algunas sugerencias de mejora en torno a la
intervención que el gobierno nacional y gobiernos subnacionales hacen en cuanto
a la accesibilidad para personas con discapacidad.
Presupuesto anual del CONADIS
.-El CONADIS
como ente rector de la temática de la discapacidad ha sido una de las pocas
entidades que en relación a las funciones que tiene a nivel nacional ha
recibido presupuestos mínimos comparados con otras entidades públicas que si
bien tienen importantes funciones deportivas
que realizar como es el Instituto
Peruano del Deporte (IPD) su presupuesto institucional fue cuatro
veces más que la del CONADIS en el año
2016 (recibió 46 millones de soles).
En el gráfico
N° 01 sobre evolución presupuestal del CONADIS en el periodo 2011-2016, se
puede apreciar que año tras año ha ido incrementándose a pesar de haber un ligero
descenso presupuestal en el año 2014.
Según el informe de transferencia de gestión
2011-2016, señala que en relación al
presupuesto institucional “se observa la
incidencia del presupuesto asignado al personal CAS, que se explica en la
naturaleza de las funciones del Conadis y la alta demanda de profesionales
encargados de la asistencia técnica, protección y promoción de los derechos de
las personas con discapacidad, indicándose que se cuenta con centros de
coordinación regional responsables de articular acciones con las OREDIS y
OMAPED de todo el país”, indicando además que en relación a las actividades
en el quinquenio pasado se impulsaron tres principales iniciativas relacionadas
al gasto público como son: “el diseño de programas presupuestales, metas
dentro del Plan de Incentivos Municipales y autorizaciones de gasto a gobiernos
regionales y locales incluidas en las leyes anuales de presupuesto público”[6]
El
Presupuesto General de la República y sus disposiciones complementarias sobre
financiamiento para temas de discapacidad
La inclusión de un dispositivo final en la Ley de
Presupuesto de la República, donde se considera el tema de Accesibilidad para
personas con discapacidad, precisando que los gobiernos locales “dispondrán”
del 0.5% de su presupuesto para mejorar o proveer accesibilidad, data del 2009,
conforme se establece en la Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de
Presupuesto del Sector Público 2009[7].
En el año
siguiente se efectúa la primera modificación del mencionado dispositivo, cuando
señala “están autorizados” en lugar de “dispondrán” del cero coma cinco por
ciento (0.5%); del mismo modo, incluye la autorización para utilizar recursos a
favor de las OMAPED y OREDIS; así se establece en la Disposición Final de
la Ley Nº 29465, de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010[8]
En la Ley 29626, del Presupuesto Público 2011, no
figura la mencionada autorización, que si aparece en el 2012 y 2013. Es
importante precisar que, si bien el Congreso carece de iniciativa legislativa
en materia de gasto, la mencionada autorización surge de una propuesta en el
Poder legislativo, concertando la modificatoria del proyecto de Presupuesto
presentada por el Ejecutivo.
Desde el 2014, el dispositivo ha sido modificado,
precisándose la obligación de los Gobiernos locales y Gobiernos regionales, de
informar sobre su cumplimiento a la Comisión de Inclusión Social del Congreso,
con copia al CONADIS, bajo responsabilidad de sus gerencias. En el año 2016 en
las Disposiciones Complementarias y Finales décima novena y vigésima, de la Ley
Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público se mantiene la autorización de
gasto para mejorar la accesibilidad física y fortalecer las OMAPEDs y OREDIS y
consiga esta obligación de informar[9]
En el año 2014 el CONADIS a través de una
publicación institucional[10]
estableció que según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la
Ley General de la República año 2014,
entre gobiernos regionales y locales por concepto de accesibilidad y
fortalecimiento de las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con
Discapacidad-OREDIS y Oficinas Municipales de Atención a las Personas con
Discapacidad-OMAPED, tenían autorizados a gastar recursos económicos en
discapacidad por unos 357’386,999.49 nuevos soles, tal
como se aprecia en el siguiente cuadro N° 05 sobre Autorización de recursos en
discapacidad según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley
de Presupuesto Público año 2014.
Sin embargo si hacemos un análisis más detallado de
estas cifras expuestas (Cuadro N° 04) podemos precisar que si de los 357’386,999.49
nuevos soles (que es parte del total del PIA de los gobiernos subnacionales),
se hubiera dispuesto su aplicación tal como lo muestra el cuadro N° 05 , significaría que se tendría que disminuir y/o
modificar las cantidades presupuestadas aprobados en los 42 programas
presupuestales para ser ejecutados por los gobiernos locales y/o en los 49
programas presupuestales a ser ejecutados por los gobiernos regionales.
Cuadro
N° 04: Desagregado de la aplicación de los porcentajes para discapacidad
Gobiernos
subnacionales
|
Presupuesto
Inicial de Apertura (PIA) 2014
|
Gobiernos regionales
|
18’795,075,027.00
|
Gobiernos locales
|
16’943,624,922.00
|
Total PIA
|
35’738,699,949.00
|
Aplicando el 0.5% en accesibilidad
|
93’975,375.14
|
Aplicando el 0.5% en OREDIS
|
93’975,375.14
|
Aplicando el 0.5% en accesibilidad
|
84’718,124.61
|
Aplicando el 0.5% en OMAPED
|
84’718,124.61
|
Total aplicado al PIA
|
357’386,999.49
|
Fuente: Consulta amigable -MEF (Elaboración-propia)
Sin embargo en el
comunicado N° 009-2014-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía y Finanzas hace notar que según la segunda
disposición complementaria transitoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el año fiscal Año 2014, establece que se pueden
realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático entre
y dentro de programas presupuestales previó informe de la Dirección General de
Presupuesto, poniendo como fecha límite de entrega del informe por parte del
ente ejecutor del programa presupuestal
el 07 de Marzo de ese año.
El informe debe consignar documentación sobre la
población beneficiaria, los costos actualizados de los productos y una adecuada
justificación de los cambios presupuestales. En resumen lo que indica el comunicado en
mención es que si hubiese necesidad de cambios presupuestales, esto solo se
darían en el marco de los objetivos del propio programa presupuestal.
Evidentemente en este contexto normativo solicitar cambios presupuestales para
temas de accesibilidad y/o fortalecimiento de OREDIS y OMAPEDs no tiene ningún
sentido o sustento técnico como lo presentó el CONADIS[11]
en el Cuadro N° 05 sobre Autorización de recursos en discapacidad (según las
disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público
año 2014)
_________________________
[1] Programas Presupuestales con articulación territorial. Guía Informativa. DGPP-MEF. 2014
[2] El presupuesto inicial de apertura fue de S/. 28,641,095.00, disminuyendo en 15’003,304.00
[3] Presupuesto para colocación laboral de PCD-POI 2016 MTPE
[4] Capacitación especializada para PCD-POI 2016 MTPE
[5] Capacitación para autoempleo de PCD-POI 2016 MTPE
[6] Informe para la Transferencia de Gestión: Reporte de Cumplimiento Misional, 2011-2016-CONADIS-MIMP
[7] DÉCIMA NOVENA.- Los gobiernos locales dispondrán del cero coma cinco por ciento (0,5%) de su presupuesto a favor de la realización de obras, reparación o modificaciones destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, así como a los palacios municipales, que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten situaciones de discapacidad.
[8] QUINCUAGÉSIMA.‐ Los gobiernos locales están autorizados a utilizar el cero coma cinco por ciento (0,5%) de su presupuesto a favor de la realización de obras, reparación o modificaciones destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, incluyendo el acceso a los palacios municipales, que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten situaciones de discapacidad.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.‐ Los gobiernos locales y regionales están autorizados a utilizar hasta una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) mensual para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las oficinas municipales de atención a la persona con discapacidad (OMAPEDS) y las oficinas regionales de atención a la persona con discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.
[9] DÉCIMA NOVENA Y VIGÉSIMA. Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales informan anualmente, por escrito, a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición, bajo responsabilidad del Gerente General y Gerente Municipal respectivamente. Una copia de dicho informe será remitida al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
[10] Revista Institucional-CONADIS, 1er número-Junio 2014
[11] Según Cristian Córdova, ex gerente de planificación del CONADIS “realizar modificaciones presupuestales es una potestad que tienen los pliegos para la fase de ejecución presupuestal. Lo que se ha afirmado desde CONADIS, es que durante el año fiscal el dispositivo de los 0.5% puede adecuarse (léase, realizar modificaciones) a los procesos de planeamiento y presupuesto”
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