martes, 2 de mayo de 2017

Gasto en Discapacidad en el Perú


Por Econ Juan Solórzano Arévalo

.-Desde que el tema de la discapacidad se introdujo en las políticas públicas y legislación peruana, la inversión y/o gasto público en discapacidad ha sido considerado en los diversos niveles de gobierno. Pero no se tiene registro estadístico sistematizado de dicha inversión  en los distintos sectores de la administración pública, sean estos a través de proyectos de inversión pública y/o actividades. A partir del año 2007 se empieza en el Perú la reforma del Sistema Nacional de Presupuesto al implementarse el Presupuesto por Resultados (PpR),  estrategia de gestión mediante el cual se supedita la asignación de un determinado presupuesto a la consecución de unos objetivos y resultados medibles de un determinado servicio o bien público que se brinda a determinada población identificada previamente. “Esta estrategia se implementa progresivamente a través de (i) los Programas Presupuestales (PP), (ii) las acciones de seguimiento sobre la base de los indicadores de desempeño y producción física, (iii) las evaluaciones independientes, y (iv) los incentivos a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), en colaboración de las demás entidades del Estado[1]
Sin embargo a partir del año 2013 a través de la figura de los Programas Presupuestales se comienza asignar mayores presupuestos en discapacidad principalmente en los sectores de empleo, educación y salud teniendo los siguientes programas:

                                 Cuadro N° 01: Programas Presupuestales en discapacidad 2013
Programa Presupuestal
Presupuesto total (PIM)
Inclusión  Integral de las PCD
13,191,457
Inclusión de niños, niñas, jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
13,637,793[2]
Capacitación especializada y colocación laboral de personas con discapacidad
1’343,900.00
                            Fuente: Consulta amigable MEF/CONADIS (Elaboración propia)


   Cuadro N° 02: Programas Presupuestales en discapacidad 2014
Programa Presupuestal
Presupuesto total (PIA)
Inclusión Integral de las PCD
21’326,880.00
Educación: Inclusión de niños, niñas, jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
147’941,150.00
Empleo: Capacitación especializada y colocación laboral de personas con discapacidad
1’343,900.00
Fuente: CONADIS

Para los años 2015 y 2016 se asignaron los siguientes presupuestos públicos:

Cuadro N° 03 Presupuesto para discapacidad años 2015-2016
Programa Presupuestal
PIM 2015
PIA 2016
Programa para la generación del empleo social inclusivo-TRABAJA PERÚ
S/. 3’401,294.44  Ejecutado en distintas modalidades.
S/. 455,121.00[3]
S/. 691,749.00[4]
S/. 69,206.57[5]
Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
S/. 57,793, 311.00
S/. 89’244,143.00
Prevención y manejo de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad
S/. 36, 852, 153.00
S/. 31’992,948.00
Control y prevención en salud mental
S/. 43, 204, 164 
S/. 53’891,166.00
Fuente: Consulta amigable-MEF/CONADIS (Elaboración propia)

Como se puede apreciar en los cuadros mostrados no se puede negar que a partir del 2013 a través de los programas presupuestales la atención a las personas con discapacidad en los sectores sociales ha ido en aumento independientemente de los montos que pudieran haber gastado los gobiernos regionales y locales entre los años 2013 y 2016, sea con recursos propios o vía proyectos de inversión pública, lo cual posiblemente incrementaría ligeramente al total de recursos monetarios expuestos.

En este contexto es necesario plantear que la temática de la discapacidad no acaba con trabajarlo desde los sectores sociales, sino que también se debe ir generando intervenciones del Estado en otras áreas de interés crucial para las personas con discapacidad, como es el asunto de la accesibilidad, que si bien a partir de unas disposiciones complementarias en el presupuesto general de la República, se autoriza a que los gobiernos subnacionales puedan a partir de sus recursos institucionales solucionar problemas de accesibilidad urbanística, resulta que transcurridos varios años desde que se aprobó estas disposiciones, no hay un informe real de los avances o retrocesos sobre el tema.
Por ello es que en las siguientes partes del presente informe se desarrollan una serie de análisis presupuestales al respecto de tal manera que permita tener algunas sugerencias de mejora en torno a la intervención que el gobierno nacional y gobiernos subnacionales hacen en cuanto a la accesibilidad para personas con discapacidad.


Presupuesto anual del CONADIS
.-El CONADIS como ente rector de la temática de la discapacidad ha sido una de las pocas entidades que en relación a las funciones que tiene a nivel nacional ha recibido presupuestos mínimos comparados con otras entidades públicas que si bien  tienen importantes funciones deportivas que realizar como es  el Instituto Peruano del Deporte (IPD) su presupuesto institucional  fue cuatro  veces más que la del CONADIS  en   el año 2016 (recibió 46 millones de soles).
En el gráfico N° 01 sobre evolución presupuestal del CONADIS en el periodo 2011-2016, se puede apreciar que año tras año ha ido incrementándose a pesar de haber un ligero  descenso presupuestal en el año 2014.




Según el informe de transferencia de gestión 2011-2016,  señala que en relación al presupuesto institucional “se observa la incidencia del presupuesto asignado al personal CAS, que se explica en la naturaleza de las funciones del Conadis y la alta demanda de profesionales encargados de la asistencia técnica, protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, indicándose que se cuenta con centros de coordinación regional responsables de articular acciones con las OREDIS y OMAPED de todo el país”, indicando además que en relación a las actividades en el quinquenio pasado se impulsaron tres principales iniciativas relacionadas al gasto público  como son: “el diseño de programas presupuestales, metas dentro del Plan de Incentivos Municipales y autorizaciones de gasto a gobiernos regionales y locales incluidas en las leyes anuales de presupuesto público”[6]


El Presupuesto General de la República y sus disposiciones complementarias sobre financiamiento para temas de discapacidad

La inclusión de un dispositivo final en la Ley de Presupuesto de la República, donde se considera el tema de Accesibilidad para personas con discapacidad, precisando que los gobiernos locales “dispondrán” del 0.5% de su presupuesto para mejorar o proveer accesibilidad, data del 2009, conforme se establece en la Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público 2009[7].

En el año siguiente se efectúa la primera modificación del mencionado dispositivo, cuando señala “están autorizados” en lugar de “dispondrán” del cero coma cinco por ciento (0.5%); del mismo modo, incluye la autorización para utilizar recursos a favor de las OMAPED y OREDIS;  así se establece en la Disposición Final de la Ley Nº 29465, de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010[8]

En la Ley 29626, del Presupuesto Público 2011, no figura la mencionada autorización, que si aparece en el 2012 y 2013. Es importante precisar que, si bien el Congreso carece de iniciativa legislativa en materia de gasto, la mencionada autorización surge de una propuesta en el Poder legislativo, concertando la modificatoria del proyecto de Presupuesto presentada por el Ejecutivo.

Desde el 2014, el dispositivo ha sido modificado, precisándose la obligación de los Gobiernos locales y Gobiernos regionales, de informar sobre su cumplimiento a la Comisión de Inclusión Social del Congreso, con copia al CONADIS, bajo responsabilidad de sus gerencias. En el año 2016 en las Disposiciones Complementarias y Finales décima novena y vigésima, de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público se mantiene la autorización de gasto para mejorar la accesibilidad física y fortalecer las OMAPEDs y OREDIS y consiga esta obligación de informar[9]

En el año 2014 el CONADIS a través de una publicación institucional[10] estableció que según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley General de la República año 2014,  entre gobiernos regionales y locales por concepto de accesibilidad y fortalecimiento de las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad-OREDIS y Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad-OMAPED, tenían autorizados a gastar recursos económicos en discapacidad por unos 357’386,999.49 nuevos soles, tal como se aprecia en el siguiente cuadro N° 05 sobre Autorización de recursos en discapacidad según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público año 2014.
Sin embargo si hacemos un análisis más detallado de estas cifras expuestas (Cuadro N° 04)  podemos precisar que si de los 357’386,999.49 nuevos soles (que es parte del total del PIA de los gobiernos subnacionales), se hubiera dispuesto su aplicación tal como lo muestra el cuadro N° 05 ,  significaría que se tendría que disminuir y/o modificar las cantidades presupuestadas aprobados en los 42 programas presupuestales para ser ejecutados por los gobiernos locales y/o en los 49 programas presupuestales a ser ejecutados por los gobiernos regionales. 

Cuadro N° 04: Desagregado de la aplicación de los porcentajes para discapacidad
Gobiernos subnacionales
Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) 2014
Gobiernos regionales
18’795,075,027.00
Gobiernos locales
16’943,624,922.00
Total PIA
35’738,699,949.00
Aplicando el 0.5% en accesibilidad
93’975,375.14
Aplicando el 0.5% en OREDIS
93’975,375.14
Aplicando el 0.5% en accesibilidad
84’718,124.61
Aplicando el 0.5% en OMAPED
84’718,124.61
Total aplicado al PIA
357’386,999.49
Fuente: Consulta amigable -MEF (Elaboración-propia)


 Cuadro N° 05: Autorización de recursos en discapacidad según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público año 2014.

Sin embargo en el  comunicado N° 009-2014-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas hace notar que según la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal Año 2014, establece que se pueden realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático entre y dentro de programas presupuestales previó informe de la Dirección General de Presupuesto, poniendo como fecha límite de entrega del informe por parte del ente ejecutor del programa presupuestal  el 07 de Marzo de ese año.
El informe debe consignar documentación sobre la población beneficiaria, los costos actualizados de los productos y una adecuada justificación de los cambios presupuestales. En resumen lo que indica el comunicado en mención es que si hubiese necesidad de cambios presupuestales, esto solo se darían en el marco de los objetivos del propio programa presupuestal.
Evidentemente en este contexto normativo solicitar cambios presupuestales para temas de accesibilidad y/o fortalecimiento de OREDIS y OMAPEDs no tiene ningún sentido o sustento técnico como lo presentó el CONADIS[11] en el Cuadro N° 05 sobre Autorización de recursos en discapacidad (según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público año 2014)

_________________________
[1] Programas Presupuestales con articulación territorial. Guía Informativa. DGPP-MEF. 2014
[2] El presupuesto inicial de apertura fue de S/. 28,641,095.00, disminuyendo en 15’003,304.00
[3] Presupuesto para colocación laboral de PCD-POI 2016 MTPE
[4] Capacitación especializada para PCD-POI 2016 MTPE
[5] Capacitación para autoempleo de PCD-POI 2016 MTPE
[6] Informe para la Transferencia de Gestión: Reporte de Cumplimiento Misional, 2011-2016-CONADIS-MIMP
[7] DÉCIMA NOVENA.- Los gobiernos locales dispondrán del cero coma cinco por ciento (0,5%) de su presupuesto a favor de la realización de obras, reparación o modificaciones destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, así como a los palacios municipales, que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten situaciones de discapacidad.
[8] QUINCUAGÉSIMA.‐ Los gobiernos locales están autorizados a utilizar el cero coma cinco por ciento (0,5%) de su presupuesto a favor de la realización de obras, reparación o modificaciones destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, incluyendo el acceso a los palacios municipales, que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten situaciones de discapacidad.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.‐ Los gobiernos locales y regionales están autorizados a utilizar hasta una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) mensual para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las oficinas municipales de atención a la persona con discapacidad (OMAPEDS) y las oficinas regionales de atención a la persona con discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.
[9] DÉCIMA NOVENA Y VIGÉSIMA. Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales informan anualmente, por escrito, a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición, bajo responsabilidad del Gerente General y Gerente Municipal respectivamente. Una copia de dicho informe será remitida al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
[10] Revista Institucional-CONADIS, 1er número-Junio 2014
[11] Según Cristian Córdova, ex gerente de planificación del CONADIS   “realizar modificaciones presupuestales es una potestad que tienen los pliegos para la fase de ejecución presupuestal. Lo que se ha afirmado desde CONADIS, es que durante el año fiscal el dispositivo de los 0.5% puede adecuarse (léase, realizar modificaciones) a los procesos de planeamiento y presupuesto”






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