viernes, 16 de junio de 2017

Proyectos Sociales y Principales Problemas de Intervención.

Econ. Juan Solórzano Arévalo

Inversión social: Diferencias entre proyectos de inversión social y proyectos sociales.

Inversión social.-La inversión  social es entendida como un nuevo tipo de Estado de bienestar que posee un elevado potencial para crear altas tasas de crecimiento (Hemerijck, Dräbing, et al., 2013)
Proyectos de inversión social.-Son proyectos cuyo beneficio está centrado en forma directa en las personas, su bienestar y el mejoramiento de sus condiciones de vida. Además, cumplen con todos los requisitos de un proyecto de inversión: Por ejemplo, proyecto de ampliación de servicios de un Centro de Emergencia Mujer CEM, cuyos componentes son infraestructura, equipamiento, capacitación, sensibilización, etc.

Proyectos sociales.-Son proyectos cuyo beneficio está centrado en forma directa en las personas, su bienestar y el mejoramiento de sus condiciones de vida, pero no se enmarcan como proyectos de inversión porque no cumplen con todas sus características, pero tienen el mismo objetivo de la perspectiva de desarrollo social. 
Los proyectos sociales pueden ser:
  • Fortalecimiento de la capacidad de propuesta e incidencia de las organizaciones femeninas.
  • Proyecto de prevención de embarazos prematuros
  • Proyecto de formación y capacitación ocupacional
  • Proyecto de protección contra el maltrato del niño
  • Otros
Los proyectos sociales tienen dos etapas en su ciclo de vida: 
Etapa de Diseño:
.-Es aquella donde se sustenta la problemática a resolver, se define sus características y la estrategia de intervención para lograr su objetivo propuesto, a través de un conjunto de instrumentos y metodologías propias. Por su naturaleza, no requiere de estudios diferenciados en cuanto a su profundidad de análisis, además su presupuesto combina gastos en bienes, servicios y pagos de personal, entre otros, necesarios para la implementación (recordar que en los proyectos de inversión social no se puede acumular gastos de inversión con gastos de la etapa de post inversión)

Etapa de implementación:
.-Una vez obtenido los recursos, se inicia la implementación, es decir, el desarrollo de todas las actividades propuestas durante el tiempo de duración del proyecto (frecuentemente los proyectos sociales tienen menor tiempo de duración que los de inversión social), es aquí donde se presentan los cambios a corto y mediano plazo. En los proyectos sociales, la etapa de implementación combina la ejecución y la post inversión del ciclo de los proyectos de inversión social.
En esta etapa se realiza la ejecución de los recursos para obtener los bienes y servicios necesarios para la implementación del proyecto, como: elaboración de materiales, adquisición de equipos, etc.
Además se realiza la intervención, es decir, desarrollo de las actividades en el medio social (capacitación, asistencia técnica, talleres, etc.).
En la etapa de implementación se desarrollan los planes operativos, que son instrumentos de gestión que permiten implementar el proyecto en forma coherente, concreta y ordenada, su planificación se estima en periodos anuales.


Fuente: Inversión social: Enfoque social para identificar proyectos. Walter Andía

Contexto del grupo beneficiario para desarrollar los proyectos sociales: Personas con Discapacidad

.-Cuando se tiene que desarrollar proyectos sociales, evidentemente se tiene que identificar cuáles son los problemas que afectan a la población objetivo, beneficiaria del proyecto. En ese marco El principal problema que se identifica con respecto al colectivo de personas con discapacidad en Perú, es la exclusión y marginación en todos los ámbitos de la sociedad. "Eso se debe a una serie de factores dentro de los cuales cabe mencionar la existencia de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de transporte, la limitada cobertura educativa y de salud pública destinada específicamente al colectivo, el escaso conocimiento de los temas relacionados a la discapacidad por parte de la sociedad, así como la fragmentación y el débil desarrollo institucional del gremio de personas con discapacidad y las escasas posibilidades de desarrollo laboral y empresarial del colectivo. Por lo tanto, las personas con discapacidad no pueden ejercer el derecho a la participación e inclusión plena en la sociedad peruana, principio general contemplado en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas y su protocolo facultativo, herramientas internacionales que el estado peruano ha ratificado" (Fuente: Proyecto de Fortalecimiento Institucional de la Confenadip. 2008)

Consideraciones básicas en la elaboración de proyectos sociales para personas con discapacidad. 

.-Cuando se diseña la intervención de un proyecto social evidentemente se tiene que considerar varios factores, pero creemos que se  debe tener en cuenta dos aspectos básicos a trabajar, en relación a los beneficiarios: Uno primero tiene que ver con las actividades propiamente dichas del proyecto, y la otra con el aspecto de apropiación de los objetivos del proyecto, tanto a nivel de los beneficiarios y sus organizaciones y de las autoridades públicas, llamadas apoyarlos a través de políticas públicas y/o programas sociales. 
Las actividades de un proyecto comienzan desde la identificación de las condiciones previas a estas, vale decir se hace necesario no solo conocer las actividades que han venido realizando los beneficiarios, sino también los demás actores directo e indirectos públicos y /o privados, relacionados al colectivo con discapacidad. Estas actividades si bien es cierto que pueden estar dirigidos a distintos actores y ejecutados en distintos momentos, todas ellas habrán de estar relacionados entre sí, para el cumplimiento de los objetivos. Un hecho que se presenta con mucha frecuencia es que no todas las actividades contempladas a realizar en el cronograma de trabajo del proyecto se realizan al 100%; esto sucede por diversas razones, pero estas modificaciones de actividades, no pueden ser sustanciales al diseño del proyecto, sino que podrían ser accidentales a ella, es decir se modifican algunas actividades por razones coyunturales ajenas a la ejecución del proyecto. Por ejemplo se puede dar el caso, en que una determinada actividad, se previó efectuar en un mes y días determinados, pero en ese mes, se produjo  o se prevé que se producirá un paro regional o local, o se programó elecciones de autoridades o también hubo un desastre natural. Pero también se puede modificar estas actividades, si se prevé que puede incidir mejor en el cumplimiento de los objetivos. Vale aclarar que no es recomendable modificar las actividades, salvo lo estrictamente necesario, porque sino se estaría incurriendo en un inadecuado diseño del proyecto y por consiguiente en un mal diagnóstico.  Por último también sucede que durante la ejecución del proyecto, se pueden generar nuevas actividades, producto del manejo del mismo, pero éstos casi son complementarios y muy pequeños en comparación a las actividades iniciales planteadas. 

El aspecto de apropiación tiene que ver no solo con el involucramiento en la ejecución de un proyecto, sino que para que sea efectiva, el proyecto debe estar alineado con las políticas públicas relacionadas al desarrollo nacional, regional y/o local. Adicionalmente a ello, es necesario precisar que la apropiación va de la mano con la aplicación de la titularidad de derechos, es decir la ejecución de un proyecto a favor de las PCD, no es un favor “social” que se les hace, sino un mecanismo de cumplimiento de normas a favor de ellos. Esta apropiación tiene que involucrar por igual tanto a hombres y mujeres, desde el diseño de un proyecto, su ejecución y finalización del mismo, porque no solo se trata de transversalizar toda la actuación con el enfoque de género por ejemplo,  sino porque la presencia de la mujer con discapacidad se visibiliza menos que la del hombre con discapacidad, puesto que en muchos casos éstas se dedican al quehacer doméstico, encontrándose encerrada, sobre protegida, o en el caso de las zonas rurales, deliberadamente escondida (doble exclusión: la de ser mujer y la de tener discapacidad)
La apropiación tiene que ver también con que los actores complementarios (autoridades políticos, funcionario públicos y/o privados, y otros) conozcan  y participen en los alcances del proyecto, pudiendo  establecer tanto los beneficiarios como estos actores, relaciones de trabajo posteriores a la finalización del proyecto, lo cual se traduciría en acciones de sostenibilidad tan necesaria en toda intervención, teniendo en cuenta además que según lo consignado en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, tanto las autoridades regionales, como locales están “obligados” a implementar planes, programas y proyectos  a favor del colectivo con discapacidad.  Sobre este último punto es necesario aclarar lo siguiente., muchos de los proyectos ejecutados a favor de las PCD, fueron “saludados” como positivos por las diversas autoridades, es más se comprometen a realizar acciones posteriores  a la finalización del proyecto, pero estas promesas casi siempre se olvidan o en su defecto se vuelven esporádicas,  dando lugar a diversas frustraciones sociales. De allí la importancia de la incidencia política en los proyectos para PCD, porque recursos públicos existen para realizar acciones a favor del colectivo y lo establece año tras año  la Ley General de Presupuesto de la República del Perú que para el año 2017 indica en sus disposiciones complementarias finales DÉCIMA CUARTA y QUINTA: Los gobiernos locales y gobiernos regionales están autorizados para utilizar hasta el 0,5% de su presupuesto institucional para financiar acciones relacionados a la accesibilidad a la infraestructura urbana y otro 0,5% acciones para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las oficinas de protección, participación y organización de vecinos con discapacidad a la persona con discapacidad (OMAPEDS) y las oficinas regionales de atención a la persona con discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.

Ejemplo de puntos fuertes y débiles y la gestión de un proyecto

.-En la ejecución de las actividades de un proyecto al final se pueden producir unos puntos fuertes y débiles, tal como sucedió por ejemplo con un proyecto de fortalecimiento institucional ejecutado a favor de las PCD:

Puntos fuertes: 
-La participación activa de jóvenes y mujeres con discapacidad  
-Generación de una buena cohesión del equipo ejecutor 
-Mayor comunicación entre las organizaciones de base y la organización central.
-Mayor comunicación y coordinación entre las organizaciones de base  en las diferentes provincias de Perú
-Coordinación permanente entre los beneficiarios y sus respectivos gobiernos regionales y locales
-Durante la ejecución se han dado las condiciones para la creación y afiliación a la organización central  de nuevas organizaciones bases

Puntos débiles:
-Dificultad de manejar los temas operativos y administrativos del proyecto por no haber previsto, en el diseño original de la intervención, personal de apoyo logístico-administrativo 
-Dificultad de empezar las actividades con puntualidad, sea a causa de alguna descoordinación, así como de algunos beneficiarios que han tenido más problemas en respetar los horarios por la misma discapacidad. 
-Unos talleres se vieron afectados porque algunos beneficiarios se enfermaron durante la realización de las actividades o se accidentaron durante los traslados efectuados
-La heterogeneidad de los niveles de instrucción de los beneficiarios afectó en algunos casos las dinámicas participativas de los grupos de trabajo constituidos, donde los más instruidos han obtenido mayor protagonismo
-Lentitud por parte de algunos beneficiarios en referencia  a los aspectos administrativos
-Falta de materiales accesibles a las personas invidentes

Sobre la gestión del proyecto
.-En la gestión de un proyecto de desarrollo existen dos posibilidades que usualmente se utilizan, una de ella es que el financiador sea el que ejecute el proyecto o que en su defecto el socio local o socios locales ejecuten el proyecto a través de la conformación de un equipo técnico decidido por estos socios. El problema se presenta cuando se opta por la segunda opción tiene que haber una coordinación y acuerdo entre el financiador y el socio local o locales, para así poder asegurar ambas partes la consecución de objetivos y resultados previstos en el proyecto. Si por alguna razón el socio local indica que esta en su derecho de proponer a los integrantes del equipo ejecutor sin atender razones técnicas para la conformación de los mismos, ahí se origina un gran problema de ejecución. Por ejemplo un proyecto de desarrollo orientado a atender a mujeres con discapacidad y que tenía que ser ejecutado por varios socios locales, tuvo este problema de conformación del equipo técnico, porque uno de los socios locales adujo que porque la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, indicaba que las personas con discapacidad tenían el derecho de decidir sus propios asuntos, este socio local se atribuía la facultad de decidir sobre la conformación del equipo y que solo el financiador debía dar su visto bueno a la propuesta. Esta propuesta consistía en que no debía haber un solo coordinador general del proyecto, sino que debería haber una coordinación técnica colegiada entre los socios locales y que además proponía como coordinador técnico colegiado al representante máximo de dicho socio local que era una persona con discapacidad de sexo masculino y además que como era un proyecto para mujeres con discapacidad proponía que para las reuniones con autoridades y demás eventos iban a llevar a una mujer con discapacidad, como imagen política del proyecto.
Problemas de este tipo se presentan muchas veces en la ejecución de un proyecto, pero que siempre es importante no perder de vista ciertos principios técnicos de ejecución y que éstos deben se entendidos por todos los involucrados para no perder la oportunidad de contribuir en la mejora de la calidad de vida de las personas.




martes, 2 de mayo de 2017

Gasto en Discapacidad en el Perú


Por Econ Juan Solórzano Arévalo

.-Desde que el tema de la discapacidad se introdujo en las políticas públicas y legislación peruana, la inversión y/o gasto público en discapacidad ha sido considerado en los diversos niveles de gobierno. Pero no se tiene registro estadístico sistematizado de dicha inversión  en los distintos sectores de la administración pública, sean estos a través de proyectos de inversión pública y/o actividades. A partir del año 2007 se empieza en el Perú la reforma del Sistema Nacional de Presupuesto al implementarse el Presupuesto por Resultados (PpR),  estrategia de gestión mediante el cual se supedita la asignación de un determinado presupuesto a la consecución de unos objetivos y resultados medibles de un determinado servicio o bien público que se brinda a determinada población identificada previamente. “Esta estrategia se implementa progresivamente a través de (i) los Programas Presupuestales (PP), (ii) las acciones de seguimiento sobre la base de los indicadores de desempeño y producción física, (iii) las evaluaciones independientes, y (iv) los incentivos a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), en colaboración de las demás entidades del Estado[1]
Sin embargo a partir del año 2013 a través de la figura de los Programas Presupuestales se comienza asignar mayores presupuestos en discapacidad principalmente en los sectores de empleo, educación y salud teniendo los siguientes programas:

                                 Cuadro N° 01: Programas Presupuestales en discapacidad 2013
Programa Presupuestal
Presupuesto total (PIM)
Inclusión  Integral de las PCD
13,191,457
Inclusión de niños, niñas, jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
13,637,793[2]
Capacitación especializada y colocación laboral de personas con discapacidad
1’343,900.00
                            Fuente: Consulta amigable MEF/CONADIS (Elaboración propia)


   Cuadro N° 02: Programas Presupuestales en discapacidad 2014
Programa Presupuestal
Presupuesto total (PIA)
Inclusión Integral de las PCD
21’326,880.00
Educación: Inclusión de niños, niñas, jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
147’941,150.00
Empleo: Capacitación especializada y colocación laboral de personas con discapacidad
1’343,900.00
Fuente: CONADIS

Para los años 2015 y 2016 se asignaron los siguientes presupuestos públicos:

Cuadro N° 03 Presupuesto para discapacidad años 2015-2016
Programa Presupuestal
PIM 2015
PIA 2016
Programa para la generación del empleo social inclusivo-TRABAJA PERÚ
S/. 3’401,294.44  Ejecutado en distintas modalidades.
S/. 455,121.00[3]
S/. 691,749.00[4]
S/. 69,206.57[5]
Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
S/. 57,793, 311.00
S/. 89’244,143.00
Prevención y manejo de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad
S/. 36, 852, 153.00
S/. 31’992,948.00
Control y prevención en salud mental
S/. 43, 204, 164 
S/. 53’891,166.00
Fuente: Consulta amigable-MEF/CONADIS (Elaboración propia)

Como se puede apreciar en los cuadros mostrados no se puede negar que a partir del 2013 a través de los programas presupuestales la atención a las personas con discapacidad en los sectores sociales ha ido en aumento independientemente de los montos que pudieran haber gastado los gobiernos regionales y locales entre los años 2013 y 2016, sea con recursos propios o vía proyectos de inversión pública, lo cual posiblemente incrementaría ligeramente al total de recursos monetarios expuestos.

En este contexto es necesario plantear que la temática de la discapacidad no acaba con trabajarlo desde los sectores sociales, sino que también se debe ir generando intervenciones del Estado en otras áreas de interés crucial para las personas con discapacidad, como es el asunto de la accesibilidad, que si bien a partir de unas disposiciones complementarias en el presupuesto general de la República, se autoriza a que los gobiernos subnacionales puedan a partir de sus recursos institucionales solucionar problemas de accesibilidad urbanística, resulta que transcurridos varios años desde que se aprobó estas disposiciones, no hay un informe real de los avances o retrocesos sobre el tema.
Por ello es que en las siguientes partes del presente informe se desarrollan una serie de análisis presupuestales al respecto de tal manera que permita tener algunas sugerencias de mejora en torno a la intervención que el gobierno nacional y gobiernos subnacionales hacen en cuanto a la accesibilidad para personas con discapacidad.


Presupuesto anual del CONADIS
.-El CONADIS como ente rector de la temática de la discapacidad ha sido una de las pocas entidades que en relación a las funciones que tiene a nivel nacional ha recibido presupuestos mínimos comparados con otras entidades públicas que si bien  tienen importantes funciones deportivas que realizar como es  el Instituto Peruano del Deporte (IPD) su presupuesto institucional  fue cuatro  veces más que la del CONADIS  en   el año 2016 (recibió 46 millones de soles).
En el gráfico N° 01 sobre evolución presupuestal del CONADIS en el periodo 2011-2016, se puede apreciar que año tras año ha ido incrementándose a pesar de haber un ligero  descenso presupuestal en el año 2014.




Según el informe de transferencia de gestión 2011-2016,  señala que en relación al presupuesto institucional “se observa la incidencia del presupuesto asignado al personal CAS, que se explica en la naturaleza de las funciones del Conadis y la alta demanda de profesionales encargados de la asistencia técnica, protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, indicándose que se cuenta con centros de coordinación regional responsables de articular acciones con las OREDIS y OMAPED de todo el país”, indicando además que en relación a las actividades en el quinquenio pasado se impulsaron tres principales iniciativas relacionadas al gasto público  como son: “el diseño de programas presupuestales, metas dentro del Plan de Incentivos Municipales y autorizaciones de gasto a gobiernos regionales y locales incluidas en las leyes anuales de presupuesto público”[6]


El Presupuesto General de la República y sus disposiciones complementarias sobre financiamiento para temas de discapacidad

La inclusión de un dispositivo final en la Ley de Presupuesto de la República, donde se considera el tema de Accesibilidad para personas con discapacidad, precisando que los gobiernos locales “dispondrán” del 0.5% de su presupuesto para mejorar o proveer accesibilidad, data del 2009, conforme se establece en la Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público 2009[7].

En el año siguiente se efectúa la primera modificación del mencionado dispositivo, cuando señala “están autorizados” en lugar de “dispondrán” del cero coma cinco por ciento (0.5%); del mismo modo, incluye la autorización para utilizar recursos a favor de las OMAPED y OREDIS;  así se establece en la Disposición Final de la Ley Nº 29465, de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010[8]

En la Ley 29626, del Presupuesto Público 2011, no figura la mencionada autorización, que si aparece en el 2012 y 2013. Es importante precisar que, si bien el Congreso carece de iniciativa legislativa en materia de gasto, la mencionada autorización surge de una propuesta en el Poder legislativo, concertando la modificatoria del proyecto de Presupuesto presentada por el Ejecutivo.

Desde el 2014, el dispositivo ha sido modificado, precisándose la obligación de los Gobiernos locales y Gobiernos regionales, de informar sobre su cumplimiento a la Comisión de Inclusión Social del Congreso, con copia al CONADIS, bajo responsabilidad de sus gerencias. En el año 2016 en las Disposiciones Complementarias y Finales décima novena y vigésima, de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público se mantiene la autorización de gasto para mejorar la accesibilidad física y fortalecer las OMAPEDs y OREDIS y consiga esta obligación de informar[9]

En el año 2014 el CONADIS a través de una publicación institucional[10] estableció que según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley General de la República año 2014,  entre gobiernos regionales y locales por concepto de accesibilidad y fortalecimiento de las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad-OREDIS y Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad-OMAPED, tenían autorizados a gastar recursos económicos en discapacidad por unos 357’386,999.49 nuevos soles, tal como se aprecia en el siguiente cuadro N° 05 sobre Autorización de recursos en discapacidad según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público año 2014.
Sin embargo si hacemos un análisis más detallado de estas cifras expuestas (Cuadro N° 04)  podemos precisar que si de los 357’386,999.49 nuevos soles (que es parte del total del PIA de los gobiernos subnacionales), se hubiera dispuesto su aplicación tal como lo muestra el cuadro N° 05 ,  significaría que se tendría que disminuir y/o modificar las cantidades presupuestadas aprobados en los 42 programas presupuestales para ser ejecutados por los gobiernos locales y/o en los 49 programas presupuestales a ser ejecutados por los gobiernos regionales. 

Cuadro N° 04: Desagregado de la aplicación de los porcentajes para discapacidad
Gobiernos subnacionales
Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) 2014
Gobiernos regionales
18’795,075,027.00
Gobiernos locales
16’943,624,922.00
Total PIA
35’738,699,949.00
Aplicando el 0.5% en accesibilidad
93’975,375.14
Aplicando el 0.5% en OREDIS
93’975,375.14
Aplicando el 0.5% en accesibilidad
84’718,124.61
Aplicando el 0.5% en OMAPED
84’718,124.61
Total aplicado al PIA
357’386,999.49
Fuente: Consulta amigable -MEF (Elaboración-propia)


 Cuadro N° 05: Autorización de recursos en discapacidad según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público año 2014.

Sin embargo en el  comunicado N° 009-2014-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas hace notar que según la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal Año 2014, establece que se pueden realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático entre y dentro de programas presupuestales previó informe de la Dirección General de Presupuesto, poniendo como fecha límite de entrega del informe por parte del ente ejecutor del programa presupuestal  el 07 de Marzo de ese año.
El informe debe consignar documentación sobre la población beneficiaria, los costos actualizados de los productos y una adecuada justificación de los cambios presupuestales. En resumen lo que indica el comunicado en mención es que si hubiese necesidad de cambios presupuestales, esto solo se darían en el marco de los objetivos del propio programa presupuestal.
Evidentemente en este contexto normativo solicitar cambios presupuestales para temas de accesibilidad y/o fortalecimiento de OREDIS y OMAPEDs no tiene ningún sentido o sustento técnico como lo presentó el CONADIS[11] en el Cuadro N° 05 sobre Autorización de recursos en discapacidad (según las disposiciones complementarias finales 62 y 63 de la Ley de Presupuesto Público año 2014)

_________________________
[1] Programas Presupuestales con articulación territorial. Guía Informativa. DGPP-MEF. 2014
[2] El presupuesto inicial de apertura fue de S/. 28,641,095.00, disminuyendo en 15’003,304.00
[3] Presupuesto para colocación laboral de PCD-POI 2016 MTPE
[4] Capacitación especializada para PCD-POI 2016 MTPE
[5] Capacitación para autoempleo de PCD-POI 2016 MTPE
[6] Informe para la Transferencia de Gestión: Reporte de Cumplimiento Misional, 2011-2016-CONADIS-MIMP
[7] DÉCIMA NOVENA.- Los gobiernos locales dispondrán del cero coma cinco por ciento (0,5%) de su presupuesto a favor de la realización de obras, reparación o modificaciones destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, así como a los palacios municipales, que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten situaciones de discapacidad.
[8] QUINCUAGÉSIMA.‐ Los gobiernos locales están autorizados a utilizar el cero coma cinco por ciento (0,5%) de su presupuesto a favor de la realización de obras, reparación o modificaciones destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades, incluyendo el acceso a los palacios municipales, que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten situaciones de discapacidad.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.‐ Los gobiernos locales y regionales están autorizados a utilizar hasta una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) mensual para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las oficinas municipales de atención a la persona con discapacidad (OMAPEDS) y las oficinas regionales de atención a la persona con discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.
[9] DÉCIMA NOVENA Y VIGÉSIMA. Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales informan anualmente, por escrito, a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición, bajo responsabilidad del Gerente General y Gerente Municipal respectivamente. Una copia de dicho informe será remitida al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
[10] Revista Institucional-CONADIS, 1er número-Junio 2014
[11] Según Cristian Córdova, ex gerente de planificación del CONADIS   “realizar modificaciones presupuestales es una potestad que tienen los pliegos para la fase de ejecución presupuestal. Lo que se ha afirmado desde CONADIS, es que durante el año fiscal el dispositivo de los 0.5% puede adecuarse (léase, realizar modificaciones) a los procesos de planeamiento y presupuesto”






lunes, 24 de abril de 2017

Control de precios: Aproximación teórica parte II

 Por Econ Juan Solórzano Arévalo
En una publicación de una página web sobre el control de precios se comentaba que los especuladores “ganan dinero a base de comprar un producto barato, guardarlo durante un tiempo mientras esperan (especulan) que su precio suba y, cuando lo hace, venderlo y quedarse con la diferencia[1]y hacía referencia como ejemplo al mercado o contratos de futuros del petróleo donde los inversionistas efectivamente compran producciones futuras a un precio determinado en un tiempo determinado, con la esperanza de que el precio sea superior al pactado para poder venderlo (asumen el riesgo) o también asegurarse con un lote de producción a un precio determinado aun cuando este haya subido su precio (protegerse del riesgo). Puede darse también que pierda el inversionista al bajar el precio del producto por diversas razones porque ya pacto pagar un precio determinado. En este último caso como nada es inflexible en los acuerdos comerciales frente a la posible pérdida se pueden producir acuerdos entre el vendedor y el comprador para tratar de reducir el impacto de la variación de precios. En todos estos casos entendidos la especulación se acepta como parte del funcionamiento de un tipo de mercado que va a incidir directamente en otros procesos comerciales y/o productivos. El tema que deseamos debatir no es ese tipo de especulación descrita, sino aquella que se produce cuando existe desastres naturales y el mercado de productos de primera necesidad se ve distorsionado considerablemente. Se señala que los precios de los productos en una zona de desastre pueden subir porque los costos de producir, trasladarlos o comercializarlos pueden incrementarse y por lo tanto es inevitable la subida de precios, es cierta esta afirmación y quizás en este contexto es discutible el control de precios. Sin embargo si en una zona de desastre como es la zona norte y centro del Perú y según información del COEN “los damnificados en el ámbito nacional suman 156 mil 420, mientras que la cifra de afectados llega a 961 mil 113, y las viviendas afectadas son en total 210 mil 859[2], evidentemente no estamos hablando del  funcionamiento del “libre mercado” donde la demanda y la oferta se equilibran “mutua y naturalmente” porque en casos como éstos tanto consumidores como ofertantes salen afectados por un desastre natural de gran magnitud, sin considerar directamente  el impacto macroeconómico por ahora en este análisis. En este contexto podemos decir que estamos ante una falla del mercado por efecto de una externalidad negativa que afecta a todos. Para los consumidores de la zona de desastre el control de precios a productos de primera necesidad puede surgir como una necesidad imperiosa mientras que para los ofertantes no es posible tal medida porque se afectaron los costos de producción. En este caso el mercado invisible no puede solucionar solo este dilema de necesidades y producción por lo que se hace necesario la intervención del Estado. Pero entonces alguien podrá decir que se tiene que tener cuidado con esta intervención porque hay lo que denominan las fallas del Estado, que no es otra cosa que una ineficiencia por una intervención del Estado. Esta disyuntiva se podría denominar la falacia de la composición que es asumir que lo que es cierto para una parte del sistema lo es para la totalidad del mismo. Aquí podemos introducir otro concepto económico que se denomina la frontera de posibilidades de producción (FPP) que indica que se presenta una mayor y óptima  capacidad de producción en un país, cuando hay una eficiencia o mejora en los factores de producción y la curva se desplaza a la derecha. Por el contrario cuando baja la capacidad de producción por efectos por ejemplo de desastres naturales, la FPP es negativa o la curva se desplaza a la izquierda porque los factores de producción son ineficientes, insuficientes y/o inadecuados. El siguiente gráfico es ilustrativo para entender sobre la FPP:

Las intersecciones  A y B son las posibles combinaciones de producción que se podrían generar y que generaría casi un pleno empleo. Combinaciones debajo de la línea azul traería desempleo y un nivel ineficiente de producción.
Viendo desde otro punto de vista tomamos el ejemplo del fenómeno del niño en el departamento de  Ica en el año de 1998, en el siguiente gráfico encontramos que por efecto de dicho desastre natural la actividad económica de dicho departamento cayó casi a -0.8% lo cual refleja el tremendo impacto negativo que tuvo en la población en general. Es claro que la curva del FPP se desplazó a la izquierda.










En el siguiente gráfico se puede apreciar con más amplitud el impacto del fenómeno del niño del año 1998 a nivel nacional situándose una reducción del PBI  alrededor del -0.5%,  cantidad mucho menor al fenómeno del niño de 1983 que el PBI se contrajo en un -12.6%.
Fuente: Zeolla, Nicolás Hernán; Adelardi, Ana Laura; Caprarulo, Claudio Alejandro. "La economía de Perú y los problemas del desarrollo". La revista del CCC [PDF]. 2015



Se dice que la inflación en una situación de control de precios sería muy alta porque habría mucha demanda de productos que harían subir su precio. Si una se fija en el gráfico sobre la inflación en el Perú entre los años 1980 y 2000, se puede ver la inflación más alta que se tuvo fue en el año 1990 con un 7,4282% producto de una política económica y convulsión social que se vivía en aquel entonces. Cuando se observa la inflación en los años cuando hubo desastres naturales se observa que la del año 1998 que fue de 7.3% ha sido muy baja en relación al año 1983 que tuvo 111.2%.
En resumen sobre la inflación  sus efectos tienen que ver con otros factores macro económicos como la  inflación monetaria, de demanda, de costos, estructural, inercial y de otros factores como las sociales, culturales, políticas que  resumirlo solo a un posible control de precios si se diera en épocas de desastres no es del todo cierto. Incluso si solo se señalara que la inflación vendría por el lado de la demanda, esta puede provenir de varios sectores como son: Por parte de las familias: productos y servicios finales, o sea, de bienes y servicios de consumo; por parte de empresas para ampliar su capacidad productiva, es decir, inversión; por parte del gobierno, que puede ser inversión productiva o bien gasto que no aumentará directamente la oferta global del país; por parte del sector externo, es decir, exportaciones.[3]
Gonzalo Llosa señala a propósito del “niño costero” y la inflación del mes de marzo en la zona norte del Perú que estos desastres han ocasionado un incremento de la inflación en alimentos y bebidas y que a nivel geográfico las ciudades del norte del país como son Piura, Trujillo y Chiclayo experimentaron tasas inflacionarias mayores al 2% mensual en comparación con ciudades del sur y algunas ciudades de la zona de selva del país que tuvieron por debajo del 1% mensual y no fueron afectadas por el fenómeno climático. El siguiente gráfico ilustra de manera clara lo señalado por Llosa[4].

Fuente: Semana Económica-Abril 2017
Es necesario aclarar que el incremento de la inflación focalizada en zonas de desastre es temporal hasta que todo el aparato económico-productivo vuelva a funcionar en un contexto de economía de mercado. La cuestión es saber si al introducir el control de precios temporal a productos de primera necesidad la inflación se incrementaría mucho más o sería irrelevante.
Un detalle adicional que se puede deducir es que los desastres naturales son focalizados y por lo tanto  en términos de mercados podemos indicar que éstos pueden afectar a mercados locales y/o regionales. Normalmente los centros de producción alimenticios básicos están muy cerca de las ciudades.




[1] Xavier Sala Martín. La Ley de la Oferta y la Demanda. https://www.elcato.org/la-ley-de-la-oferta-y-la-demanda

[3] Fuente: Causas de la Inflación (Zonaeconomica.com - Federico Anzil - Julio Del 2008) - http://www.zonaeconomica.com/causas-inflacion

[4] Gonzalo Llosa. El Niño: ¿Qué sugiere la inflación de marzo sobre el fenómeno? Semana Económica. Abril 2017. http://semanaeconomica.com/factoreconomico/2017/04/07/que-nos-dice-la-inflacion-de-marzo-sobre-el-nino/