jueves, 13 de abril de 2017

Control de precios: Una aproximación teórica. Parte I

Por Econ Juan Solórzano Arévalo
A raíz de los desastres naturales ocurridas en el centro y norte  Perú, con fuertes inundaciones de ríos y huaycos ocasionando grandes pérdidas materiales y la vida de personas se puso en debate el control de precios en un contexto de especulación y acaparamiento sobre todo de algunos productos de primera necesidad. El defensor del Pueblo propuso que el gobierno debería sancionar penalmente a aquellas personas que elevan  exageradamente los  precios  de los artículos de primera necesidad  en zonas  declaradas  de emergencia por desastres naturales.  De los aspectos penales no vamos a ocuparnos porque de ello la propuesta de la defensoría del Pueblo lo sustenta en su proyecto de ley, pero desde los cuestionamientos al “libre mercado”, si nos parece oportuno comenzar el debate a partir de algunas observaciones negativas:
  • Desde el punto de vista más económico, el poder lo tenemos los consumidores; la opción es reemplazar los alimentos sujetos de la especulación con aquellos cuyos precios no han subido o están bajando.
  • Si hubiera control de precios se originaría una subida de precios de los productos y se crearía un mercado negro que ofertaría los mismos productos a precios mucho más especulativos.
  • El mercado o sea los consumidores deben sancionar a las empresas no comprando sus productos, cuando ésta se aprovechó de las circunstancias para subir o especular los precios de los productos.
  • Todo precio es, en realidad, una especulación, una apuesta subjetiva. No existe una cifra predeterminada por la naturaleza, por encima de la cual, uno pudiera considerarla ‘injustificada’.
  • Los precios los decide cada proveedor individual sobre la base de una serie de factores como sus costos de producción o adquisición, la escasez relativa, las ofertas competidoras y la disponibilidad a pagar de los consumidores. No existe, pues, un precio objetivo, único, ni permanente (El Comercio, 2016).
  • Y si bien algunos pocos países aún conservan en su legislación figuras penales como las que ahora propone el defensor del Pueblo, estas son, en el mejor de los casos, inoperantes, y en el peor, muy efectivas… pero para generar más escasez, como sucede actualmente en Venezuela. (El Comercio, 2016 b)

La constitución política del Perú en su TÍTULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD, CAPÍTULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA, Artículo 1°.- Defensa de la persona humana, señala lo siguiente: La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Para Adame (1998)  “el principio de la prioridad de la persona sobre las cosas dice que la persona es un bien mejor que ha de ser preferido a cualquier cosa por valiosa que ésta sea…(pag. 105)”, en este contexto señala además que no existe primacía entre una persona y otra y que si bien hay derechos fundamentales universales independientemente de cualquier condición, éstos tienen un límite en el sentido que éstos no deben ir contra los deberes que las personas tengan, colisionar con el bien común y los derechos de terceros.

La sociedad frente a la persona tiene un fin instrumental porque su fin último es servir a la persona que tiene que lograr su rol trascendente que está situado más allá del fin social. Es necesario aclarar que este cuerpo social denominado sociedad a su interior tiene una serie de sistemas y sub sistemas sociales, económicos, políticos, culturales, etc.,  compuesto por diversos grupos sociales y entidades formales e informales que dan vida a estos subsistemas que algunas veces entran en franca colisión, cooperación, negociación etc. En este marco el sistema de funcionamiento del mercado tiene una serie de mecanismos de funcionamiento bajo diversos enfoques económicos, uno de ellos es la del libre mercado que establece que el precio de los bienes y servicios lo establecen los consumidores o compradores y los vendedores mediante la ley de la oferta y la demanda, para algunos sería la “mano invisible” o autoreguladora del mercado que en el año de 1759  lo planteo Adam Smith.  
Sin embargo en teoría la capacidad autorreguladora del mercado en estado puro se daría cuando se configura el  mercado perfecto bajo los siguientes supuestos[1]:
  • Libre concurrencia.- número muy elevado de compradores y de vendedores. Ninguno de ellos tiene capacidad individual para influir en la determinación del precio del producto. Dado que la empresa puede alterar su volumen de producción y ventas sin que ello tenga efectos sobre el precio del producto, se denomina su comportamiento como precio aceptante.
  • Homogeneidad del producto.- todos los vendedores venden unidades de producto idénticas. Los compradores no tienen motivo alguno para preferir el producto de un vendedor al de otro. Este supuesto implica que no hay marcas que diferencien a los productos.
  • Ausencias de barreras al libre funcionamiento del mercado.- Los precios deben fluctuar libremente en respuesta a las variaciones de la oferta y de la demanda. No deben existir restricciones causadas por el Sector Público o por grupos organizados de por parte de la oferta o de la demanda. Las empresas deben tener libertad de entrada y salida del mercado.
  • Información perfecta y gratuita.- Los agentes deben tener información sobre todas las condiciones de precios o calidades que afecten a los intercambios sin coste alguno. El conocimiento pleno de las condiciones generales del mercado implica ausencia de incertidumbre.

Siendo  la realidad que no existe el mercado perfecto sino el mercado imperfecto,  éste  en teoría reúne las siguientes características[2]:
  • El número de oferentes no es tan grande como en la competencia perfecta; puede ser un reducido número o bien un solo vendedor. En este caso los oferentes sí pueden intervenir para modificar los precios.
  • No existe plena movilidad de mercancías y factores productivos. Es decir, existe o puede existir algún grado de control sobre las mercancías o los factores productivos.
  • Puede haber diferenciación de productos (los productos no son homogéneos).
  • Debido a estas diferencias (reales o supuestas) de las mercancías puede existir la publicidad competitiva.
  • No hay plena libertad para que nuevos oferentes entren al mercado, ya que puede haber control de patentes, control tecnológico, etcétera.
  •  No existe perfecto conocimiento de todos los movimientos que ocurren en el mercado sobre todo de los demandantes. Es posible que los oferentes conozcan mejor los movimientos del mercado aunque no en forma perfecta.

Entonces teniendo claro el tipo de mercado de acuerdo a la competencia  (perfecta o imperfecta) nos centraremos en el consumidor o demandante. Según la teoría del consumidor éstos deciden como asignar su renta o riqueza en la compra de distintos bienes con el objetivo de alcanzar el mayor grado de satisfacción posible[3]  El consumidor se enfrenta a dos variables que influyen al momento de adquirir un bien o servicio: Las preferencias y las restricciones. Por el lado de las preferencias el consumidor optará por un determinado número de bienes o servicios para satisfacer su consumo. El ingreso económico es importante pero no es determinante a tal punto que deje de adquirir el bien o servicio. Para algunos la cantidad a consumir pasará por cuestiones de límites en el ingreso económico, satisfacción o insatisfacción de gustos, disponibilidad del bien o servicio, etc. En todos los casos las restricciones en sus distintos niveles estarán presentes pero serán  diferentes entre un consumidor y otro.  La teoría lo llama el Óptimo del Consumidor que es la posición en la que maximiza la utilidad o satisfacción sujeto a su ingreso limitado.

Gráfico N° 1 (Elaboración propia)
En el caso de producirse un desastre natural en una comunidad determinada, con las consiguientes pérdidas de empleos, infraestructura, vidas humanas, quiebra de flujos comerciales, etc., los consumidores de la zona afectada van a sufrir distintos grados de penurias y perdidas, por lo que hagan o dejen de hacer lo ofertantes de bienes y servicios va a influir positiva o negativamente en la vida de esas personas o consumidores. Esto es lo que se llamaría la demanda individual  “La cantidad de un artículo que los consumidores desean adquirir varía en función de factores como el precio del artículo, el ingreso económico del consumidor, los precios de los demás artículos y la preferencia, que es de carácter subjetivo” , la suma de las demandas individuales se denomina demanda agregada. Hay que precisar que existen distintas demandas individuales por los factores antes señalados. En el gráfico N° 01 precisamos los niveles de compra según ingresos económicos, a mayor ingreso económico más posibilidades de  adquirir agua embotellada y a menor ingreso menos o nula posibilidad de adquirir el producto. El precio de un agua embotellada es de 2.00 soles.

Siguiendo con el mismo ejemplo de los niveles de compra de agua embotellada tenemos que en un contexto de desastre natural el producto sube de precio unitario a 5.00 soles, entonces con 10 soles de ingreso económico el consumidor solo podría comprar dos botellas de agua tal como se observa en el gráfico N° 02 :
Gráfico N° 02 (Elaboración propia)
Del gráfico se puede concluir también que al subir el precio del agua embotellada el consumidor individual posiblemente dejaría de comprar otros productos  que podría prescindir, con tal de contar con el líquido elemento en tanto es indispensable para la vida humana.







Ahora bien en el caso de que el consumidor individual por efecto del desastre natural disminuya ostensiblemente sus ingresos económicos y tuviera solo 2.00 soles y la botella de agua costará igualmente 2.00 soles, entonces solo podría adquirir una sola botella aun cuando hubiera disponible más botellas y no haya aún subido de precio, tal como se aprecia en el gráfico N° 03:

 
Gráfico N° 03 (Elaboración propia)
Si el ingreso del consumidor se desplomará a solo 0.5 céntimos de soles el gráfico sería el siguiente:
Gráfico N° 04 (Elaboración propia)
No se adquiere ni una sola botella de agua y las ventas se desplomarían. Dicho todo esto podemos hacer unas primeras conclusiones en base a las observaciones negativas sobre el control de precios señaladas líneas arriba:
  1. El poder no siempre lo tienen los consumidores para equilibrar la oferta y demanda cuando éstos son afectados en cuanto a sus ingresos económicos como en un desastre natural  tampoco hay productos a los cuales no se les puede buscar un sustituto como el agua para así indirectamente presionar o influir en los precios de los productos.
  2. Se dice que si hubiera un control de precios se originaría un mercado negro que haría subir los precios de los productos controlados. Evidentemente eso podría pasar y pasa pero al derrumbarse los ingresos de los consumidores solo algunos podrían comprar ciertos productos, pero el especulador quedaría inmovilizado en gran medida con su mercadería con la consiguiente pérdida de su inversión.
  3. En un contexto en la cual los consumidores tuvieron pérdidas irreparables y están luchando por sobrevivir castigar a las empresas no comprando sus productos porque éstos especularon con los precios y acapararon productos, no sería real en el momento cuando se está tratando de salir del desastre.
  4. Es verdad que “todo precio es, en realidad, una especulación, una apuesta subjetiva”, y que los precios los decide cada proveedor, sin embargo en un contexto de disminución de ingresos económicos, pérdidas diversas por desastres naturales, el otro lado de la moneda que es el consumidor al no tener capacidad de compra como en situaciones normales si es que no se le ayuda a recuperar su capacidad adquisitiva, el circuito comercial “normal” se rompería trayendo consigo una recesión económica que se puede extender más allá de la zona de desastre natural.
  5. Castigar la  especulación y el acaparamiento está penalizado en muchos países, incluso en la cuna del capitalismo  como es Estados Unidos, cuando se trata de desastres naturales. Subir los precios por especulación aun cuando esta no obedece a factores de costos de producción no contribuye a generar un mercado de consumidores y ofertantes muy potente y legitimado, porque el consumo depende menos del poder adquisitivo y más de las necesidades/valores del consumidor. “Hablar de personas y no de público objetivo, permite incidir en los aspectos socio-culturales que rodean al consumo más allá de los estrictamente económicos”[4]






[1] https://www.uco.es/~dh1lavif/INT_ECONOMIA/Competencia_perfecta.pdf
[2] novellaqalive2.mhhe.com/sites/dl/free/9701038274/146906/Unidad10.pdf

[4] Cristina Quiñones. Desnudando la mente del consumidor. Julio 2015. Editorial Planeta. 

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